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Corporación Santiago Wanderers de Valparaíso

ANFP publicó Protocolo de Aplicación del Derecho de Admisión

martes 5 de septiembre, 2017

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Desde este lunes 04 de septiembre entró en vigencia el Protocolo de Aplicación del Derecho de Admisión en espectáculos de fútbol profesional, aprobado por el Consejo de Presidentes de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP).

En ella se detalla el procedimiento que deben seguir los clubes para reservar el Derecho de Admisión, facultad que otorga la Ley 19.327 sobre Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional a los organizadores, el listado de conductas infractoras y sanciones aplicables (ver anexos); además de los mecanismos de consulta y notificación para los afectados por la medida.

Respecto a este último punto, se destaca el numeral 7 del Título IV sobre «Procedimiento de Aplicación e Información del Derecho de Admisión» contenido en el documento, que señala que el club organizador deberá informar a los afectados a través de correo electrónico o carta certificada dirigida al domicilio, toda vez que se tenga esta información sobre quien se aplica. El mismo artículo agrega que, «en caso de no contarse con ninguno de los mecanismos de notificación anteriormente señalados, se entenderá como notificación válida al afectado, la prohibición de compra de entradas o de ingreso al recinto deportivo por la aplicación del derecho de admisión».

El numeral 8 del mismo ítem señala que los clubes deberán disponer de un canal de consultas vía web u otro similar en donde, previa solicitud de la persona, se informe la circunstancia de haberse aplicado o no el derecho de admisión, la descripción de los hechos y mecanismos de salida del registro.

Cabe decir que el Derecho de Admisión corresponde a la facultad que tienen los organizadores de espectáculos deportivos de condicionar el ingreso a recintos deportivos «respecto de quienes infrinjan las condiciones de ingreso y permanencia o cuando existan motivos que justifiquen razonablemente la utilización de dicha facultad» (artículo 3, letra e, de la Ley 19.327).

REVISA EL PROTOCOLO DE DERECHO DE ADMISIÓN

Prensa Corporación Wanderers/Hugo Reyes F.
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