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Corporación Santiago Wanderers de Valparaíso

Directorio 2022-2025

Al Directorio le corresponde la administración y dirección ejecutiva de la Corporación Santiago Wanderers. Desde la entrada en vigencia de nuevos estatutos en 2017, la mesa central de la institución se compone de siete miembros que duran tres años ininterrumpidos en sus cargos y con opción a ser reelegidos por un período.

Desde el 18 de enero de 2022, el Directorio se encuentra constituido por las siguientes personas:

PRESIDENTA María Angélica ESCUDERO Pedraza
VICEPRESIDENTE Sebastián Osmar BAZÁN Jofré
SECRETARIO Rodrigo Alejandro ESPINOZA Cárdenas
TESORERO Eric Gonzalo ALMONTE Duque
DIRECTOR Francisca Paola BURGOS Cavada
DIRECTOR Gabriel Esteban CARVAJAL Soto
DIRECTOR Pablo Javier GUADALUPE Picón

El presidente es también el representante judicial y extrajudicial de la institución. Sin perjuicio de lo anterior, la representación de la entidad ante cualquier órgano de la Administración Pública o del sector privado deberá ser compartida con algún socio, como indica el artículo 49 del Estatuto.

DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO

1.- Dirigir la Corporación de acuerdo a los estatutos y reglamentos vigentes y velar que éstos se cumplan.

2.- Administrar los recursos financieros de acuerdo al presupuesto aprobado previamente por la Asamblea;

3.- Nombrar peritos para asesorar al Directorio en las materias específicas que éste le encomiende.

4.- Citar a Asambleas Generales de Socios, tanto ordinarias como extraordinarias, en la forma y época que señale el Estatuto y sus Reglamentos vigentes;

5.- Promulgar los Reglamentos que sean necesarios para la correcta marcha de la Corporación, los que deberán ser propuestos por comisiones especiales creadas para el efecto, cuyos integrantes y condiciones deberán ser designados y determinados por el Directorio o la Asamblea.

6.- Cumplir y ejecutar los acuerdos de las Asambleas Generales.

7.- Rendir cuenta, en la Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Institución, como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventario que en esa ocasión someterá a la aprobación o rechazo de los socios.

8.- Contratar y cesar el personal administrativo, técnico y profesional que sea necesario para la buena marcha de la Institución.

9.- Diseñar y proponer a la aprobación de la Asamblea General, el Plan Anual de Actividades, el que deberá ser realizado de acuerdo a lo señalado en este Estatuto y el Reglamento Interno.

10.- Comunicar al Tribunal de Honor aquellos casos en que algún miembro de la mesa directiva hubiere incurrido en alguno de los supuestos previstos en el artículo 47 inciso tercero, a fin de que éste determine la procedencia de declarar la renuncia tácita del Director en cuestión.

11.- Hacer efectiva las resoluciones del Tribunal de Honor y/o Asamblea, por incumplimiento de las funciones o deberes de un Director o de un socio, sin perjuicio de perseguir su responsabilidad por los perjuicios causados a la Corporación, en razón de actuaciones dolosas o culpables, de acuerdo a las normas del derecho común.

12.- Nombrar las Comisiones y Áreas de Trabajo que estime conveniente, como así también las unidades o subunidades que resultasen necesarias para la adecuada estructura y funcionamiento interno de las Áreas de Trabajo.

13.- Coordinar y supervigilar el trabajo de los diversos organismos que forman parte del Club y cuyo funcionamiento no sea autónomo, tales como áreas de trabajo y ramas.

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